La Audiencia Provincial de Valladolid ha absuelto al hombre que fue acusado de haber violado a su casera en la noche del pasado 12 de agosto de 2023 en su domicilio. Según su declaración, mantuvo esas relaciones sexuales plenas a demanda de la propia denunciante, que según relató el propio acusado, «que se encontraba totalmente colocada» por haber consumido cocaína.
Según el acusado, la relación fue de «sexo consentido», pero en su caso, argumenta que lo hizo «coaccionado y para que se tranquilizara». Según su versión, que aportó durante el juicio, Eduardo G., retrató los hechos ocurridos esa noche por los que se enfrentaba a una posible condena de cárcel, que podían irse a una pena de ocho años y medio a catorce, con respecto a lo solicitado por la fiscal del caso y la acusación particular, respectivamente.
El tribunal considera en su fallo que «las relaciones fueron consentidas por ella, que no se hallaba profundamente dormida ni tenía anulada su voluntad» y no considera probado que el acusado, ya absuelto, la amenazara en persona, por teléfono o por Telegram, así como tampoco influyó su día, para que no denunciara lo ocurrido a la Policía Nacional. De esta forma, de lo único que no quedaba duda alguna es que denunciado y denunciante tuvieron sexo aquella noche, aunque no bajo la consideración de una violación.
Así lo corrobora el positivo en ADN del acusado que fue objetivado por el Instituto Nacional de Toxicología. De esa forma, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid tuvo que dictaminar si tales relaciones fueron consentidas por la mujer o no, tal y como fue alegado por el primero tras la denuncia, entendiendo el tribunal que está completamente acreditado.
El relato de los hechos
En la declaración exculpatoria durante el juicio, el ya absuelto explicó claramente que había conocido a su casera, supuesta víctima del caso, en julio de 2023. Todo fue por mediación de un amigo. Poco tiempo después, el acusado comenzó la convivencia con ella, tras alquilarle una habitación del piso en el que la mujer reside en el barrio de Las Delicias. En ese momento, durante ese mes de convivencia mantenida, no se llegó a superar en ningún momento lo que se ha calificado como una relación cordial como meros compañeros de piso.
El día de autos, sin embargo, el encausado mantiene que él y su casera permanecieron en el piso junto a varios amigos de ambos y que, al marcharse todos, la mujer decidió retirarse a dormir a una de las habitaciones tras «tres días seguidos consumiendo cocaína». En ese momento, el acusado se quedó en el salón y, según aclara, fue entonces cuando su compañera de piso empezó a pedirle insistentemente que le hiciera caso, para acto seguido y de forma reiterada, proponerle mantener relaciones sexuales.
La denunciante, por contra, sostuvo durante todo el juicio que aquella noche el acusado entró en su habitación y la violó cuando no se encontraba en condiciones de negarse o impedirlo debido a la cocaína que se había tomado durante esa tarde. Según lo que indicó la mujer al tribunal, tan sólo recuerda «flashes» de las relaciones, cuando el acusado la penetró, según su acusación, de forma vaginal y bucal, añadiendo que no se despertó hasta última hora de la noche del día siguiente, casi veinticuatro horas después, con fuertes molestias en su zona íntima que apenas la permitían caminar.
Tanto la fiscal del caso como la acusación particular se mantuvieron invariables, al coincidir en que el acusado mantuvo relaciones sexuales plenas con la mujer «sin consentimiento de ella», en una tesis que consideran corroborada, pero que no ha servido para encontrar una pena para el acusado. Además de esas dos acusaciones y frente a la petición absolutoria de la defensa, justificaron la imputación en las versiones cambiantes del acusado, que en una primera declaración negó haber mantenido sexo con la mujer y luego lo reconoció cuando ya sabía que su ADN había sido recogido en el sacro vaginal de ella.












