Recurrimos al Artículo 12 del Reglamento de Juego para analizar su acción con Kepa en el Almería – Real Valladolid

En el partido disputado este pasado domingo en el Estadio Juegos del Mediterráneo, donde el Real Valladolid visitaba a la UD Almería, dos de los nombres propios más citados fueron el del portero blanquivioleta Kepa Arrizabalaga y el de Chuli, delantero local, protagonistas, por ejemplo, del penalti de Timor, lanzado por el segundo y detenido por el primero.
Otra de la jugada protagonizada por ambos discurrió en el minuto ochenta, cuando, en un balón dividido en el área visitante, Chuli golpeó con los tacos en la cara al joven portero vizcaíno, que quedó tendido en el verde visiblemente dolorido. Afortunadamente consiguió acabar el partido sin problemas, aunque se le quedaron las marcas de los tacos en la cara.
En esta acción, el colegiado cántabro Francisco Manuel Arias López amonestó al punta rojiblanco «por disputar un balón con los pies en plancha de forma temeraria». Sin embargo, en la misma hubo un contacto claro, por lo que, según el Artículo 12 del Reglamento de Juego, incurrió en una conducta de juego de brusco grave.
Este artículo dice que «un jugador será culpable de juego brusco grave cuando se emplea fuerza excesiva en la disputa de un balón». En un párrafo posterior, tipifica que se deberá «sancionar como juego brusco grave cualquier entrada que ponga en peligro la integridad física de un adversario».
Según el Reglamento de Juego, el juego brusco grave será siempre sancionado con tarjeta roja, y en esta jugada, en la que Chuli jugó el balón de de forma temeraria, como bien indica el colegiado en el acta arbitral, entró muy fuerte al balón (uso de fuerza excesiva) y puso, aunque de forma inintencionada, en peligro la integridad física de Kepa, como bien se pudo observar después en su rostro, por lo que, con el Reglamento en la mano, Chuli debió ser expulsado en esa jugada, y no simplemente amonestado.